QUID
La cantidad de los ingredientes característicos: cuándo es obligatoria y cómo se calcula (artículo 22 y anexo VIII).
El QUID (indicación cuantitativa de los ingredientes) es el porcentaje de un ingrediente, que se indica en la lista de ingredientes junto a su nombre: «aceite de oliva virgen extra (9,5 %)».
Cuándo es obligatorio
Según el artículo 22 del Reglamento (UE) n.º 1169/2011, el QUID es obligatorio cuando el ingrediente:
- figura en la denominación del alimento («colines con aceite de oliva virgen extra y romero»);
- se destaca en la etiqueta con palabras o imágenes;
- es esencial para caracterizar el producto.
En la columna QUID de la composición, Auto muestra el porcentaje cuando la denominación nombra el ingrediente; para los demás casos elige Mostrar. Ocultar lo quita. Si la denominación nombra un ingrediente sin QUID, la Completitud lo indica.
Cómo se calcula
El QUID se calcula sobre el producto terminado, después de la pérdida de peso (anexo VIII):
- en general, a partir del peso en el momento del uso respecto al producto terminado;
- si el resultado supera el 100 % (en productos muy deshidratados), se indica el peso del ingrediente usado para preparar 100 g de producto.
Para los grupos puedes indicar el QUID del grupo, por ejemplo el porcentaje de la masa.
Decimales
En Configuración › Etiquetas › Decimales del QUID elige un decimal («mantequilla (26,3 %)») o ninguno («mantequilla (26 %)»).